La Norma Internacional para Medidas Fitosanitarias NIMF-15, marca las Directrices para reglamentar el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional.
A pesar de tratarse de una norma utilizada para el comercio internacional, las particulares condiciones agroclimáticas y ecológicas de las Islas Canarias han hecho necesario el establecimiento de una regulación específica en materia de sanidad vegetal. Se crea, por tanto, la Orden APA/1076/2018, de 11 de octubre, por la que se establecen los requisitos fitosanitarios para la importación o entrada de embalajes y estibas/pallets de madera en la Comunidad Autónoma de Canarias, y que tras una moratoria, finalmente entra en vigor a partir del próximo 16 de octubre de 2019.
Esta normativa tiene por objeto la preservación del estatus fitosanitario del archipiélago frente a plagas y otros organismos nocivos que puedan introducirse en importaciones de vegetales, productos vegetales y otros objetos. Por ello, su ámbito de aplicación y objeto se circunscribe a los embalajes y estibas de madera que se hayan de introducir en dicha comunidad autónoma, como región ultraperiférica que es.
Qué es la NIMF-15.
Es el conjunto de directrices que reglamentan los requisitos y condiciones de desinfección que debe cumplir el embalaje de madera utilizado en el comercio internacional, con el objetivo de minimizar el riesgo de introducción y/o propagación de plagas a través de embalajes de madera fabricados de madera en bruto.
Los países que forman parte de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) exigen el cumplimento con las NIMF 15 en sus importaciones y exportaciones.
A qué embalajes y estibas de madera afecta.
A todas las maderas con espesor superior a 6 milímetros, tales como cajones, cajas, jaulas, tambores y envases similares, paletas, paletas caja y demás plataformas para carga, collarines para paletas, maderos de estibar, utilizados o no para el transporte de mercancías de todo tipo.
El material de estiba de madera que sostenga envíos de madera (troncos, madera aserrada, etc.), no se considerará material de embalaje sino parte del envío siempre y cuando:
- La madera de estiba sea la misma que la del envío.
- Cumpla los mismos requisitos fitosanitarios que la madera objeto del envío.
Qué maderas están excluidas.
- La madera en bruto de un grosor igual o inferior a 6 mm.
- El embalaje de madera fabricado en su totalidad de material de madera sometida a procesamiento, como el contrachapado, los tableros de partículas, los tableros de fibra orientada o las hojas de chapa que se producen utilizando pegamento, calor o presión, o una combinación de los mismos.
- Los barriles para vino y licores que se han calentado durante la fabricación, de manera que pueda asegurarse que están libres de plagas, en los términos exigidos por la presente orden.
- Las cajas de regalo para vino, cigarros y otros productos fabricados con madera que ha sido procesada o fabricada de tal forma que queden libres de plagas.
- El serrín, las virutas y lana de madera.
- Los componentes de madera instalados en forma permanente en los vehículos o contenedores empleados para fletes.
Qué países exigen NIMF-15.
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente cuenta con una lista actualizada de países que exigen el cumplimiento de la NIMF-15 para admitir exportaciones, que básicamente son:
- América: Argentina, Bolivia, Brasil, Canadá, Colombia, Chile, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Estados Unidos, Guatemala, Guyana, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Uruguay, Venezuela, Perú, Trinidad y Tobago y República Dominicana.
- Asia: China, Corea del Sur, Filipinas, Hong Kong, India, Indonesia, Japón, Malasia, Sri Lanka y Taiwán.
- África: Egipto, Nigeria, Seychelles, Siria, Sudáfrica, Malawi.
- Oriente Medio: Israel, Jordania, Líbano, Omán y Turquía.
- Oceanía: Australia y Nueva Zelanda.
- Europa: los países de la Unión Europea y Noruega, Suiza, Croacia, Ucrania y Bielorrusia.
En el caso de que el país destino no esté incluido en el anterior listado, también a través del Ministerio se pueden consultar los requisitos fitosanitarios para la introducción de vegetales y productos vegetales según el país de destino.
Cómo dar cumplimiento a la NIMF-15.
1.- TRATAMIENTOS
La norma habilita una serie de tratamientos posibles a utilizar, para desinfectar la madera utilizada en embalaje.
- Tratamiento térmico convencional (código HT): se trata de calentar mediante vapor o cámara de secado en estufa el pallet.
- Tratamiento térmico mediante calentamiento dieléctrico, es decir calentamiento a través de radiación electromagnética, como un microondas (código DH).
- Fumigación con bromuro de metilo (código MB): la NIMF-15 desaconseja el uso del bromuro de metilo para la desinfección de la madera, por cuestiones medioambientales. Aun así, explica las especificaciones bajo las que se tiene que fumigar la madera y deben ser seguidas de forma estricta.
2.- MARCADO NIMF-15.
Tras haber pasado los tratamientos, los pallets de madera son marcados con una etiqueta identificativa para mostrar que cumplen con la normativa exigida.
La marca que indica que el embalaje es conforme a la NIMF 15 consta de los siguientes elementos:
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- Símbolo IPPC (NIMF-15 en español), una espiga con las letras IPPC y figurar a la izquierda de los otros elementos.
- XX, hace referencia al código ISO de cada país.
- 000 refiere al número asignado al fabricante (productor/suministrador del tratamiento) por parte del Ministerio.
- YY, hace referencia al tratamiento aplicado:
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- HT (calor convencional).
- DH (calentamiento dieléctrico).
- MB (fumigación con bromuro de metilo).
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Deben ir acompañados de un certificado de cumplimiento. El fabricante tiene que facilitar esta identificación al comprador. En el caso de España, el Ministerio es quien autoriza al proveedor para marcar el embalaje.
Más información, normativa, requisitos específicos y formatos para ayudar a la aplicación de la norma, disponible en la web del Ministerio, NIMF-15.