trabajos forestales

RESOLUCIÓN 90/2023, de 8 de junio, del director general de Medio Ambiente, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la campaña forestal 2023-2024 de las ayudas a trabajos forestales promovidos por entidades locales y agentes privados.

 

Operación M04.03.05: Inversiones en infraestructuras forestales y 08.05.01: Inversiones para incrementar la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales, del PDR 2014–2020.

 

Las finalidades de estas medidas son: fomentar la inversión en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques, mediante la inversión en la recuperación de valor ambiental de los ecosistemas forestales y la inversión en activos físicos mediante la inversión en infraestructuras forestales, con lo que se contribuye a facilitar la entrada en el sector forestal de personal adecuadamente formado y en particular el relevo generacional, fomentar una gestión forestal sostenible y restaurar, preservar y mejorar la diversidad.

 

Fecha de publicación en el BON: 30 de junio de 2023

Campaña forestal: 2023-2024

 

Plazo de presentación: del 01-07-2023 al 28-09-2023.

– Modificación plazo: Resolución 117/2023, Corrección de errores de la Resolución 90/2023.

 

Dirigida a: Entidades locales de Navarra y agentes forestales privados que cumplan los requisitos previos y mantengan unos compromisos.

 

Objetivo:

  • Fomentar, la inversión en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques, mediante la inversión en la recuperación de valor ambiental de los ecosistemas forestales. (Submedida 08.05. Operación 01)
  • Fomentar, la inversión en activos físicos, y específicamente la inversión en infraestructuras forestales. (Operación 04.03.05)

 

 Partida presupuestaria total: 

  • Entidades locales:  2.430.000 €.
Submedida 08.05.01

Inversiones en la recuperación del valor ambiental de los ecosistemas forestales

Submedida 04.03.05

Inversiones en infraestructuras forestales

                                    1.750.000              680.000

 

 

  • Agentes privados:  640.000 €.

 

Submedida 08.05.01

Inversiones en la recuperación del valor ambiental de los ecosistemas forestales

Submedida 04.03.05

Inversiones en infraestructuras forestales

                                600.000                     40.000

 

 

Porcentaje de subvención: Entre el 30-80%, en función del tipo de trabajo forestal propuesto y categoría de agente y monte. Documentación técnica y dirección de obra 100%.

 

Forma de concesión: las ayudas serán concedidas conforme al procedimiento de concurrencia competitiva, mediante la comparación de solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas.

 

Fecha finalización inversiones para la campaña 2023/2024:  9 de octubre de 2024.

Presentación de la documentación justificativa: antes del 16 de octubre de 2024.

 

Texto completo en: ACCESO A BON

Presentación de solicitudes: RELLENANDO FICHA DE SOLICITUD

Se puede tramitar por internet y también se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

 

Modalidades y acciones subvencionables:

 1- Destinadas a la gestión sostenible del monte (Operación 08.05.01).

–Modalidad A.1: Repoblaciones forestales.

–Modalidad A.2: Labores silvícolas.

–Modalidad B:    Biodiversidad.

–Modalidad C:   Elaboración de la documentación técnica de proyectos forestales y Dirección de obra.

–Modalidad E:   pequeñas infraestructuras.

2– Inversiones en activos físicos: infraestructuras forestales (Operación 04.03.05).

-Modalidad C:   Asesoramiento, elaboración y registro telemático de documentación técnica de proyectos y memorias forestales y Dirección de Obra.

-Modalidad D:   Construcción y mejora de vías forestales.

 

1- Subvenciones destinadas a la gestión sostenible del monte (Operación 08.05.01).

 Modalidad A.1: Repoblaciones forestales. 

  • Repoblación: preparación y plantación.
  • Preparación terreno para plantación.
  • Plantación o siembra.
  • Cierres y protecciones.
  • Mantenimiento: control vegetación y reposición de marras. Cinco primeros años.

 

Modalidad A.2: Labores selvícolas 

  • Clareos
  • Desbroces
  • Cierres no ligados a repoblaciones.
  • Podas y tallas de formación.

 

Modalidad B. Biodiversidad.

Subvencionables: exclusivamente aquellas acciones que no estén incluidas en ninguna otra modalidad y que siendo su objetivo principal la conservación de hábitats de especies forestales, estén previstas en alguno de los planes de gestión de ZECs aprobados.

 

Modalidad C. Asesoramiento, elaboración y registro telemático de documentación técnica de proyectos y memorias forestales y Dirección de Obra 

  • C1. Documentación técnica.
  • C2. Dirección de obra.

Modalidad E.–Pequeñas infraestructuras

Localizadas íntegramente en terrenos forestales, mejoren la regulación del uso público:

  • Mejora de puntos de agua potable (fuentes), de los senderos y de aparcamientos.
  • Creación de nuevas infraestructuras para el uso público dentro del espacio incluidas en alguna de las categorías recogidas en el punto 1 de esta modalidad.

El material principal a emplear: madera, de fuentes sostenibles, con el correspondiente sello de certificación forestal PEFC, FSC o de otro sistema que garantice dicho origen.

 

2.–Subvenciones para las inversiones en activos físicos: infraestructuras forestales (Operación 04.03.05).

Modalidad C: Asesoramiento, elaboración y registro telemático de documentación técnica de proyectos y memorias forestales y Dirección de Obra.

Modalidad D: Construcción y mejora de vías forestales (04.03.05).

Subvencionables: apertura de caja, mejora de explanación, construcción y limpieza de cunetas y desbroces, drenajes y salvacunetas, escolleras, afirmado y hormigonado.

 

Otros aspectos a tener en cuenta:

No subvencionables: medios propios ni auzolanes, los materiales sí.

  • Moderación de costes, según tarifas forestales de Navarra. ACCESO A TARIFAS
  • IVA no subvencionable.

 

Compromiso de mantenimiento:

  • El promotor se compromete al mantenimiento de la infraestructura propuesta en la solicitud.
  • Dicho mantenimiento puede ser subvencionable en campañas posteriores.
  • Las infraestructuras con ayudas podrán ser inspeccionables.

 

Obligaciones de los beneficiarios (obligaciones establecidas en el artículo 9, de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones)

  • Hacer las inversiones según lo establecido. Si hay modificaciones, se necesita visto bueno del Departamento.
  • Mantener los requisitos de valoración hasta la fecha de resolución del pago.
  • Aportar la documentación técnica necesaria.
  • Solicitar actuaciones compatibles con el espacio natural y la legislación foral en materia de espacios y montes.
  • Respetar el patrimonio rural natural en las actuaciones que promuevan.
  • Someterse a los controles necesarios para la comprobación de la correcta concesión y ejecución de la inversión y el posterior mantenimiento de los compromisos.
  • Comunicar al Departamento la percepción de otras subvenciones para las mismas inversiones.
  • No hallarse imposibilitado para la obtención de la condición de subvenciones; estar al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Permitir el libre acceso a las parcelas objeto de la subvención al personal del Servicio Forestal y Cinegético para supervisión de trabajos.
  • Comunicar en un plazo de dos meses tras la notificación, la no ejecución de acciones.
  • Conservar os documentos justificativos.
  • Poner distintivos de la ayuda recibida.
  • Reintegros según bases.
  • Correcto mantenimiento de las inversiones. En caso de siniestro, comunicarlo al Departamento.
  • Agentes privados que desarrollen actividad empresarial no deberán incurrir en deslocalización empresarial.

 

Compromisos de cumplimiento diferido.

  • Mantenimiento cinco años.
  • No hacer cambios sustanciales en la inversión o medidas que supongan menoscabo de los objetivos pretendidos en la concesión de ayuda.

 

Documentación a presentar:

Para la solicitud de ayudas:

  • Impreso 1 – Solicitud de ayudas a trabajos forestales
  • Impreso 2 – Acciones solicitadas
  • Impreso 3 – Autorización representación técnica
  • Impreso 4 – Autorización del titular de la parcela al solicitante
  • Impreso 5 – Certificación – Declaración responsable

Resto de la documentación según la Base 13 de la convocatoria.

 Para la solicitud de pago:

  • Impreso 6A – para Entidades Locales y Agentes Privados (Medida 4). Solicitud de pago I Certificación de los gastos y pagos
  • Impreso 6B – para Entidades Locales y Agentes Privados (Medida 8)Solicitud de pago (Medida 8). Solicitud de pago II Certificación de los gastos y pagos
  • Impreso 7 – Certificación de la Dirección de Obra
  • Impreso 8 – Declaración responsable del Director de Obra
  • Impreso 9 – Certif. o Declaración Obtención ingresos 23_24.pdf – Certif. secretario de la EELL –   Declaración responsable del AAPP sobre obtención de ingresos.
  • Impreso 10 – Certif. justificación de la elección del proveedor EELL
  • Impreso 11 – Validación del proceso de adjudicación
  • Impreso 12 – Declaración responsable de la justificación de la elección del proveedor (Agentes Privados)

Resto de la documentación según la Base 19 de la convocatoria.

 

RESULTADOS CAMPAÑA 2022-2023

CONCESIÓN ENTIDADES LOCALES:

MEDIDA 4

MEDIDA 8

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